Continúan los casos de apropiación de obras y folklore azerbaiyano por parte de armenios  –  Declaración conjunta

  11 Julio 2024    Leído: 266
  Continúan los casos de apropiación de obras y folklore azerbaiyano por parte de armenios  –   Declaración conjunta

El Ministerio de Cultura conjuntamente con la Agencia de Propiedad Intelectual de la República de Azerbaiyán ha emitido una declaración sobre la apropiación ilegal y otras infracciones de los derechos de autor sobre la música de la obra "Karabaj" del compositor azerbaiyano Bahram Nasibov.

La declaración del Ministerio dice:

"Continúan los casos de apropiación de obras con derechos de autor y folclore pertenecientes a Azerbaiyán por parte de armenios. Otro de estos casos fue la interpretación por Gor Yepremyan de la canción "Karabaj" ("Karabaj es la cuna de todos los sueños"), cuya letra y música pertenecen al famoso compositor azerbaiyano Bahram Nasibov. La letra de la canción se modificó, y la obra en sí se colocó bajo el título "Sirun dzhan", con la etiqueta "folclore armenio", es decir, "canción popular armenia". Como en el caso de la apropiación armenia de las obras de Uzeyir Hajibeyli, este plagio causó una amplia resonancia en la sociedad azerbaiyana. El 9 de julio, la Agencia de Propiedad Intelectual de la República de Azerbaiyán se pronunció ampliamente sobre el asunto.

A este respecto, el Ministerio de Cultura de la República de Azerbaiyán y la Agencia de Propiedad Intelectual de la República de Azerbaiyán declaran:

1. La obra "Karabaj", cuya letra y música pertenecen al compositor azerbaiyano Bahram Nasibov, fue creada en el siglo XX e interpretada por primera vez por el artista del pueblo Arif Babayev en 1972.

2. La obra fue registrada el 2 de junio de 1972 en la sucursal de Azerbaiyán de la Agencia de Derechos de Autor de toda la Unión, que era la sucesora legal de la Agencia de Propiedad Intelectual de acuerdo con la legislación de la URSS. Los herederos de Bahram Nasibov, fallecido en 1998, han llevado a cabo el registro estatal de muchas de sus obras en el género de la canción, incluso el 14 de julio de 2004 en la Agencia de Derechos de Autor de la República de Azerbaiyán (sucesora legal de la Agencia de Propiedad Intelectual), se les expidió el Certificado Nº 662 sobre el registro de la obra.

3. La obra es una de las canciones más famosas de Bahram Nasibov, ha sido repetidamente interpretada en Azerbaiyán, Türkiye, Uzbekistán y otros países, existiendo un gran número de grabaciones de vídeo y audio de estas interpretaciones masivas.

4. Los documentos de registro estatal de la obra en Azerbaiyán, las copias en diversos medios y el reconocimiento de la obra como obra de la autoría de Bahram Nasibov durante sus actuaciones masivas atestiguan que Bahram Nasibov fue el único autor de la canción.

5. El uso de la obra es posible con el consentimiento de los herederos de Bahram Nasibov y en la medida especificada en este acuerdo, con atribución de autoría. Como se desprende de la parte descriptiva y del contenido del vídeo colgado en YouTube bajo el título "Sirun djan", Bahram Nasibov no figura como autor, la obra se indica como "canción popular armenia".

6. Basándose en los documentos de registro de la obra y en los antecedentes de su interpretación masiva, el Ministerio de Cultura de la República de Azerbaiyán y la Agencia de Propiedad Intelectual de la República de Azerbaiyán aprecian inequívocamente esta circunstancia como plagio de la música que constituye la obra.

7. Como prueba adicional del plagio, el vídeo "Sirun Jan" fue presentado a los expertos de la Agencia de Propiedad Intelectual para identificar similitudes. Los expertos eran artistas populares, los compositores Faik Sujaddinov y Eldar Mansurov, que establecieron que la música de la canción "Sirun Jan", interpretada por un cantante armenio, coincide plenamente con la música de la obra "Karabaj", escrita por Bahram Nasibov sobre el mugham "Chakhargah". Además, el título original de la obra " Karabaj " se cambió por " Sirun Jan ", y el texto en azerbaiyano, que incluye las frases " Karabaj es la cuna de todos los sueños ", se cambió por un nuevo texto en armenio.

8. Así, la canción ha sido distorsionada y plagiada en lo que respecta a la música, que forma parte de la canción. De este modo, el intérprete Gor Yepremyan y las personas implicadas en la interpretación ilegal de la obra, su grabación y publicación en Internet violaron los derechos de autor de Bahram Nasibov y los derechos de propiedad de sus herederos. Dicha violación de los derechos de autor generó principalmente responsabilidad jurídica para Gor Yepremyan y las demás personas que cometieron el delito.

9. Declaramos que si Armenia no investiga y resuelve esta violación, estará infringiendo el principio de "trato nacional", que es uno de los principios fundamentales establecidos por el artículo 5 del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas y otros tratados internacionales, incluidos el Convenio de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor y el Tratado sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, de los que es parte.

En este sentido, exigimos que las estructuras pertinentes de la República de Armenia prohíban la ejecución pública de la canción "Sirun Jan", que es un plagio de la obra musical "Karabaj" del compositor azerbaiyano Bahram Nasibov, cuya letra fue modificada por Gor Yepremyan, eliminen el hecho del plagio, restituyan los derechos de autor de Bahram Nasibov, y lleven a los autores del delito ante la justicia de conformidad con el derecho internacional y la legislación nacional, e informen sobre las medidas adoptadas."


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